Estudio propone incentivos para evitar contaminación. El País, Montevideo (04/06/2015)

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En momentos en que el gobierno adopta un paquete de medidas para disminuir la contaminación en ese curso de agua, una investigación sobre medidas para mitigar la contaminación señala también que la zona de "amortiguación" donde deberían suprimirse o eliminarse las prácticas que afectan al curso de agua, oscila entre 3.700 y 26.000 hectáreas. Agrega que el efecto de una zona "buffer" sería significativo y reduciría aproximadamente al 50% el transporte de fósforo hacia los cursos de agua.

La extensión total de la cuenca es de alrededor de 1,3 millones de hectáreas de las cuales 1,2 millones son explotadas comercialmente.

Los datos surgen de un estudio elaborado por la Red Sudamericana de Economía Aplicada y el Centro de Estudios Fiscales con la colaboración de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. El trabajo fue firmado por los expertos Alicia Failde, Bibiana Lanzilotta, Carlos Perdomo, Mario Pérez Bidegain y Francisco Rosas.

El trabajo considera que el 80% de exceso de fósforo en el río es atribuible a las actividades agropecuarias.

Los técnicos analizan la posibilidad de aplicar un impuesto o subsidio ambiental para incentivar el mantenimiento del contenido de fósforo adentro de los límites admitidos por la Dirección Nacional de Medio Ambiente.

El estudio considera que los incentivos fiscales se aplicarían a las explotaciones lecheras ya que han sido identificadas como las más problemáticas en términos de contaminación. También menciona que se podría realizar un pago por "servicio ambiental" (PSA) para compensar los costos de mantener tierra sin laboreo, cuyo monto sería inferior a los US$ 400.000 anuales. Se les pagaría a los productores una renta fija por hectárea.

Una posible alternativa para el medio de pago del PSA es utilizar un instrumento similar al establecido para la conservación de bosque nativo: exoneraciones sobre los cargos por contribución inmobiliaria correspondientes a la superficie afectada y detracciones sobre los cargos correspondientes a las superficies no afectadas pertenecientes a la misma persona jurídica, dicen los autores del trabajo.

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